Normativa patinetes eléctricos en 2023: todo lo que necesitas saber

¿Tienes en tu poder un patinete eléctrico? Te recomendamos que leas detenidamente la siguiente guía con todas las normativas presentes por provincias para la utilización de patinetes en la vía pública. 

Conocer al dedillo la normativa es una obligación como conductor de patinetes. Estamos continuamente actualizando y añadiendo todos los detalles que se publican en los boletines de la DGT y municipales para que conozcas todas las leyes de patinetes eléctricos vigentes.Si por el contrario aún no has realizado la compra de tu patinete eléctrico porque estás indeciso, puedes consultar nuestra página sobre ¿Cuáles son los mejores patinetes eléctricos del mercado?

Regulación actual de los patinetes eléctricos

El patinete eléctrico está considerado como un vehículo a motor. Puede ser que al leer la palabra patinete nos lleve a cometer un error, pero esto no es un juguete, ni debe usarse como tal. Es importante que veamos el patinete eléctrico como método de transporte y no como diversión.

Aunque la conducción del patinete nos pueda divertir e incluso resultarnos placentera, pero es un medio de transporte y es por ello de que debes de ser responsables de nuestros actos y cumplir las normas vigentes.

Hay que ser responsables, conocer y respetar la normativa de cada municipio.

¿Quien legisla la normativa sobre patinetes eléctricos?

La aparición repentina y aumento de popularidad de los patinetes y otros VMP (vehículos de movilidad personal) como por ejemplo los Segway, hoverboards conlleva  a tener que legislar una normativa para su uso.

El motivo por el que se han hecho tan famosos es por su precio económico, velocidad, escaso peso, facilidad para transportarlo y aparcarlo y las mejoras en su autonomía que cada vez es mayor con cada último modelo que surge. Por otro lado, son respetuosos con el medio ambiente, ya que sus baterías se recargan mediante la red eléctrica y son libres de emisiones.

Estos son algunos de los puntos a favor de este tipo de vehículo y los motivos por los que el número de ellos y de usuarios que los utilizan en su día a día aumenta como la espuma.

Ante su aumento, los autoridades empezaron a ver como aumentaron los conflictos en las vías y los accidentes con conductores de VMP implicados con otros tipos de vehículos o atropello de peatones.

Es por ello que el 2 de enero de 2023 surgió la primera ley que se encarga de regular el uso de patinetes eléctricos y otros vehículos VMP que circulan por nuestra vía pública y se aplica una unificación de criterios a nivel nacional.

¿esto que quiere decir?

Esto quiere decir que por primera vez se establecen unos puntos generales para la circulación de patinetes en toda España. Muchos de los puntos que fueron recogidos ya se aplicaban de manera municipal en las diferentes ordenanzas. Ahora las pautas a tener en cuenta las marca la DGT, pero los ayuntamientos son los que siguen encargándose de los diferentes matices que conlleven sanción.

Cambios a nivel nacional en ley de patinetes eléctricos

Como hemos comentado anteriormente, es la DGT quien ha realizado una regulación de la utilización de los VMP en la Ley de Tráfico. Esta ley siempre está por encima de las diferentes ordenanzas municipales.

Pero esta ley permite a los ayuntamientos que tengan disposición de adaptarla en algunos aspectos a las diferentes necesidades propias de cada municipio o ciudad.

La regulación cuenta con una orden para clasificar los vehículos y una cobertura jurídica.

Dentro de los aspectos que pensábamos que se iban a inculcar como obligatorios como sería el casco, chaleco y la contratación de un seguro de responsabilidad civil, sorprendentemente se ha quedado en el aire a expensas de que se apruebe en el comienzo de 2023.

Por lo que a la pregunta de ¿Es necesario utilizar casco y tener seguro en patinete eléctrico? la respuesta es ahora mismo No, aunque próximamente es probable que esto cambie.Una de las cosas que recoge es la prohibición de circulación patinete eléctrico por aceras.

¿Por donde puede circular los patinetes eléctricos?

Damos por hecho que los patinetes pueden circular por donde les venga en gana ya que es habitual ver a gente conducir patinetes por aceras, carriles bicis, arcenes, calzada, centros comerciales. pero realmente, ¿Cómo debe circular un patinete?

Es de sentido común que no todo lo dicho anteriormente vale, siempre que se pueda circular por carril bici hay que ir por ahí, en el caso de no ser asi, debes circular por la calzada y nunca por la acera, ya que con la ley de la DGT esto último queda prohibido.

Desde el 2 de enero se establece una velocidad máxima de 25 km por hora, un único pasajero y la prohibición de circulación por:

  • Aceras
  • Vías públicas
  • Túneles urbanos
  • Travesías
  • Vías interurbanas, autopistas y autovías, aunque estén dentro de poblado.

Normativa de los patinetes eléctricos en Madrid

En la ciudad de Madrid con el fin de reducir los accidentes, queda prohibido la conducción de patinetes eléctricos tras el consumo de alcohol o estupefacientes. Aplicándose las tasas que se utilizan con el resto de vehículos  a motor. También queda desaprobado la utilización de auriculares.

En el caso de que el conductor de patinete eléctrico sea menor a 16 años, debe estar en una zona cerrada al tráfico y con supervisión de padre/madre/tutor legal y siempre con utilización de casco.

El Ayuntamiento de Madrid establece dos tipos de vehiculos VMP tipo A (hasta 20 km/h y 25 kg de peso) y en tipo B (hasta 30 km/h y 50 kg de peso).

Los patinetes eléctricos pueden circular por las calles en las que la velocidad máxima de circulación  en sus carriles sea siempre igual o inferior a 30 km/h. Se permite la circulación por ciclocalles, carril bici, aceras bici, senda bici, calles residenciales respetando la velocidad máxima de 20 km/h, parques públicos.

En la ciudad de Madrid es de obligado cumplimiento de que tu patinete tenga luces, timbre, y elementos que sean reflectantes homologados.

La velocidad permitida es de 25km/h y se dice que el 85% de las calles son circulables en patinete en Madrid, lo cual es un dato a tener en cuenta.

Queda prohibido aparcar en aceras por lo que se puede multar.

Puedes leer toda la normativa de patinetes en Madrid aquí

Normativa de los patinetes eléctricos en Barcelona

Barcelona fue uno de los primeros lugares de España donde se instauró el patinete eléctrico como vehículo de transporte, es por ello que fue la primera ciudad española en instaurar una ordenanza municipal para regular su uso.

Barcelona establece 3 tipo de vehículo:

  • Monociclos de una y dos ruedas y patientes pequeños: Obligados a circular por carril bici o calzada. Sus usuarios son los únicos que pueden conducir sin casco.
  • Patinetes de hasta 1.9 metros, peso de menos de 50kg y que puedan alcanzar los 30km: También deben de ir por carril bici en caso de existir, pueden circular por calzada.
  • Triciclos de carga

No pueden circular por acera ni calles peatonales.

No se puede aparcar en aceras siempre y cuando no permita el paso para los peatones, ni tampoco se puede amarrar al mobiliario urbano. Si que se permite estacionar en zonas de bicis o motos.

Menos de 15 años solo pueden utilizarlo en zonas cerradas al tráfico y con supervisión.

Multas de hasta 500€.

Los menores de dieciséis años deben estar acompañados por un adulto y hacer uso del VMP en zonas cerradas al tráfico.

Desde el 30 de abril del 2023 Barcelona exige portar casco, elementos reflectantes, luces, timbre y un seguro a terceros. Puedes leer más sobre la ley para patinetes eléctricos en Barcelona aquí.

Normativa patinetes eléctricos Valencia

A partir de comienzos del 2023 se aprueba una ordenanza municipal para regular la circulación de los patinetes eléctricos categorizándolos en función de su potencia.

Hay 4 categorías de patinetes en Valencia destacando las dos primeras:

  • Tipo A: patinetes eléctricos poco peso y pequeños. Pueden alcanzar hasta 20 km/h y pesar hasta 25 kilos. Se establece la siguiente tabla de velocidades. 10 km/h en calles peatonales y guardando 1 metro de distancia con el peatón siempre, 15 km/h en carril bici en acera y 20 km/h si el carril bici se encuentra en la calle.( se recomienda casco y timbre).
  • Tipo B: Patinetes eléctricos más grandes y más de 20 kilos. Presentan casco obligatorio, también el timbre, luces, freno, circulan por las mismas zonas que los tipo A y bajo sus normas a excepción de las calles peatonales donde quedan prohibidos.

Menos de 15 años igual que las otras grandes metrópolis españolas

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